Directorio Legislativo



Milei y un DNU día por medio: el control del Congreso argentino 




La aprobación de Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) es una facultad que la Constitución Nacional le otorga al Presidente de la Nación Argentina en su artículo 99 inciso 3: “Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos para la sanción de las leyes, el Presidente de la Nación podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, en acuerdo general de ministros”.

La diferencia entre un DNU y un decreto reglamentario o administrativo es que los DNU pueden modificar o derogar leyes emitidas por el Congreso.

La facultad del Poder Ejecutivo se limita a situaciones de excepcional gravedad y no debe alcanzar a normas que regulen en materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos. Por eso, fuera de este tipo de situaciones excepcionales, el Poder Ejecutivo no puede emitir disposiciones de carácter legislativo.

El Poder Ejecutivo tiene la obligación de enviar el DNU al Congreso para que este se expida sobre su validez o invalidez a través de una Comisión Bicameral de Trámite Legislativo. La Comisión está compuesta por 8 diputados y 8 senadores, respetando la representación proporcional de las distintas fuerzas políticas. El nuevo Congreso aún no la conformó. 

Para rechazar un DNU es necesario que la Comisión Bicameral emita un dictamen negativo y que cada Cámara lo ratifique con los votos de la mitad más uno de los miembros presentes. El Congreso no puede opinar sobre el contenido del DNU, ni introducir cambios. Solo puede determinar si es válido o inválido. La Comisión Bicameral tiene un plazo de 10 días para emitir su dictamen. Si el Congreso no lo rechaza, el DNU se mantiene vigente (aprobación tácita). 

Desde la reforma constitucional de 1994, se emitieron más de 700 DNU. Es decir que aún en aquellos casos en los que el Presidente no tenía mayoría en ambas Cámaras, los DNU no fueron rechazados. 

En otros países el funcionamiento es distinto. Por ejemplo, en Brasil la aprobación del Congreso debe ser explícita. Es decir que si un decreto (en este caso, medida provisoria) no es aprobado por el Congreso, pierde validez. Además el poder legislativo puede aprobarlo con modificaciones o proponer una ley alternativa. Entre 2003 y julio de 2023, 7 de cada 10 medidas provisorias fueron reconvertidas por el Congreso. 

Desde 1994, el promedio de DNU emitidos por presidentes argentinos en su primer mes de mandato fue de 5. Es usual que estas primeras medidas incluyan la modificación de la Ley de Ministerios. Entre ellas, también podemos contar otros hitos como la declaración de emergencia pública y alimentaria de Eduardo Duhalde, la modificación de la Ley de Medios realizada por Mauricio Macri, la intervención de la Agencia Federal de Inteligencia y la ley de emergencia ocupacional de Alberto Fernández. 

Hasta ahora Javier Milei emitió 6 DNU a los que se sumaría hoy el de desregulación de la economía. Entre ellos, está la modificación de la Ley de Ministerios, la emergencia del sector energético nacional (subsidios a la electricidad y el gas), la intervención de la AFI y la emisión de deuda pública por 2 billones de pesos. 

Si bien emitir DNU es una facultad constitucional del Poder Ejecutivo, para un sólido funcionamiento del sistema de frenos y contrapesos resulta fundamental que el Congreso, como poder representativo de toda la ciudadanía por excelencia, ejerza su rol de control, así como el de sanción de las leyes. 

Por ello, es necesario un profundo debate de la legislación, que incorpore la mirada de los distintos sectores políticos y tenga en cuenta la participación de la sociedad civil y el sector privado, para que los cambios en políticas públicas sean acordados e inclusivos, y así, más estables y duraderos.

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